Micelio

Artículo 20

Ley 27 de 1947 · Por la cual se planifica y Nacionaliza la lucha contra la tuberculosis

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Para la campaña antituberculosa la Nación procederá, en primer término, a completar los edificios y dotaciones que actualmente existen y luego a construir y dotar los que faltan, en forma que se cuente con lo que a continuación de detalla:

Hospitales- Sanatorios, así:

Departamento de Antioquia:

Departamento del Atlántico

Departamento de Bolívar

Departamento de Boyacá

Departamento de Cundinamarca

Departamento de Caldas

Departamento del Cauca:

Departamento del Huila

Departamento del Magdalena

Departamento de Nariño

Departamento de Santander del Norte

Departamento de Santander del Sur

Departamento del Tolima

Departamento del Valle del Cauca

Intendencia del Choco

Intendencia del Amazonas

Intendencia del Meta

Comisaría del Arauca

Comisaría del vichada

Comisaría del Putumayo

Comisaría del Caquetá

San Andrés y Providencia (Islas)

Dispensarios así:

Departamento de Antioquia:

Medellín, Sansón, Yuramal, Amaga, Cisneros, Granada, Urrao, Segovia, Turbo, Puerto Berrio y Támesis.

Departamento del Atlántico:

Barranquilla, Sabananegra.

Departamento de Bolívar:

Cartagena, Montería, Magangue, Sincelejo, Calamar y El Carmen.

Departamento de Boyacá:

Tunja, Sogamoso, Chiquinquirá, Guateque, Soatá y Cocuy.

Departamento de Cundinamarca:

Bogotá, Girardot, Zipaquirá, La Palma, Guaduas, Chipaque, Gacheta, La Mesa, Villeta y Suesca.

Departamento de Caldas:

Manizales, Pereira, La Dorada, Riosucio, y Armenia.

Departamento del Cauca:

Popayán, Puerto Tejada, Bolívar, Santander de Quilichao, Silvia y Guapi.

Departamento del Huila:

Neiva, Garzón y Pitalito.

Departamento del Magdalena:

Santa Marta, Riofrío, Fundación, Ciénaga, Riohacha, El Banco, Plato, Valledupar y chiriguaná.

Departamento de Nariño

Pasto, Tumaco, Ipiales, La Cruz y Barbacoas.

Departamento Norte de Santander:

Cúcuta, Ocaña, Pamplona y Chinácota.

Departamento de Santander del Sur:

Bucaramanga, Vélez, Socorro, Málaga, Puerto Wiches y Barrancabermeja.

Departamento del Valle:

Cali, Palmira, Buga, Tuluá, Buenaventura, Cartago y Sevilla.

Intendencia del Meta:

Villavicencio y Acacias

Intendencia del Chocó

Quibdó e Itsmina

Comisaría de Caquetá

Florencia.

Intendencia de la Guajira (Comisaría)

Uribia.

Comisaría del Amazonas

Leticia y Caucaya.

Comisaría de Vichada:

Puerto Carreño.

Comisaría del Arauca

Arauca.

Comisaría del Putumayo:

Mocoa.

San Andrés y Providencia (Islas)

San Andrés.

Centros Epidemiológicos fijos, así:

Bogotá, Medellín, Bucaramanga, Cartagena, Tunja, Manizales, Popayán, Neiva, Santa Marta, Pasto, Cúcuta, Bucaramanga, Ibagué, Cali y Pereira.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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