Micelio

Artículo 48

Ley 998 de 2005 · por la cual se decreta el Presupuesto de Rentas y Recursos de Capital y la Ley de Apropiaciones para la vigencia fiscal del 1° de enero al 31 de diciembre de 2006.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Los órganos de que trata el artículo 3 de la presente ley deben remitir al Departamento Nacional de Planeación, antes del 30 de marzo de 2006, el presupuesto de inversión debidamente regionalizado. El Departamento Nacional de Planeación lo remitirá a la Dirección General del Presupuesto Público Nacional, antes del 30 de abril de 2006

Cuando se realicen modificaciones al Presupuesto que afecten la regionalización, los diferentes órganos deben remitir esta información al Departamento Nacional de Planeación, dentro del mes siguiente al perfeccionamiento de dicha operación, para que éste consolide la Información y la envíe dentro de los diez (10) días siguientes a la Dirección General del Presupuesto Público Nacional.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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