Micelio

Artículo 2

Decreto 743 de 1954 · Por el cual se dictan unas disposiciones en relación con el Instituto Nacional de Higiene Samper-Martinez

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Artículo segundo. Los sueldos del personal y gastos de sostenimiento del Instituto Nacional de Higiene Samper-Martínez, se pagarán en la presente vigencia fiscal de 1954 con cargo a los artículos 649 y 650, capítulo 59 del Presupuesto actual. A partir del 1° de enero de 1955 todos los gastos de este Instituto los hará dicha dependencia, de sus rentas.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 743 de 1954