Micelio

Artículo 9

El Monto De Las Apropiaciones Para Gastos "ordinarios" O De "fomento", Que Se Incluya En Cada Presupuesto Anual, No Podrá Exceder Del Monto Calculado De La Rentas Definidas En El Artículo 5 De Este Decreto, Sumado Al De Los Recursos Del Balance Del Tesoro, Salvo Que Se Trate De Obras Públicas O De Empresas Útiles O Benéficas, Que Respondan A Un Plan O Programa Legal Que Deba Desarrollarse Con Recursos Provenientes De Empréstitos Previamente Autorizados Por El Congreso

Decreto 164 de 1950 · Por el cual se organiza el manejo del Presupuesto

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

°. El monto de las apropiaciones para gastos "Ordinarios" o de "Fomento", que se incluya en cada Presupuesto anual, no podrá exceder del monto calculado de la rentas definidas en el ARTÍCULO 5 de este Decreto, sumado al de los recursos del Balance del Tesoro, salvo que se trate de obras públicas o de empresas útiles o benéficas, que respondan a un plan o programa legal que deba desarrollarse con recursos provenientes de empréstitos previamente autorizados por el Congreso. De los cómputos de rentas e ingresos.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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