Artículo tercero. La Cámara de Representantes publicará los escritos de carácter legislativo, político y periodístico del doctor Manuel Ancízar Basterra, en la colección "Pensadores Políticos Colombianos".
Ley 3 de 1983 →Vigente
Artículo 3
Ley 3 de 1983 · por la cual la Nación rinde homenaje a la memoria de Manuel Ancízar y Basterra, se asocia a la conmemoración del Centenario de su muerte, y se dictan otras disposiciones.
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.