º La División de Programación Presupuestal tendrá las siguientes funciones: 1.1 Estudiar y evaluar los planes y programas de inversión del Fondo Vial Nacional, Fondo Nacional de Caminos Vecinales, Pendo de Inmuebles Nacionales, Instituto Nacional del Transporte Centro Interamericano de Fotointerpretación, Ferrocarriles Nacionales de Colombia, Puertos de Colombia y Terminal de Transportes S. A. 1.2 Estudiar y evaluar los aspectos financieros y las fuentes de financiamiento para el desarrollo de los planes de inversión del sector de obras publicas y transporte y revisar la documentación preparada por el organismo interesado. 1.3 Evaluar periódicamente el avance de ejecución de los planes y programas de inversión adoptados para el sector, recomendar medidas apra su mejor realización y cabal cumplimiento y presentar los informes correspondientes. 1.4 Estudiar y evaluar las solicitudes de partidas para los presupuestos anuales del Ministerio y de sus organismos adscritos y vinculados y proponer los ajustes y modificaciones necesarios. 1.5 Elaborar el anteproyecto consolidado del presupuesto anual de funcionamiento y de inversiones del Ministerio. 1.6 Participar en la preparación de planes y programas del sector de obras públicas y transporte. 1.7 Proponer la distribución de los recursos propios y los que se derivan del presupuesto nacional que en cada vigencia exija la ejecución de los planes y programas, teniendo en cuenta los proyectos específicos indicados por las entidades descentralizadas del sector de obras públicas y transporte. 1.8 Estudiar, evaluar y tramitar las solicitudes de modificaciones presupuestales que presentan las direcciones del Ministerio y los organismos descentralizados del mismo. 1.9 Estudiar y conceptuar sobre les acuerdos de obligaciones previstos en la ley del presupuesto y que correspondan al Ministerio y sus organismos adscritos y vinculados. 1.10 Tramitar ante el Departamento Nacional de Planeación y el Ministerio de hacienda y Crédito Público las autorizaciones requeridas para la celebración de contratos cuya realización comprenda más de una vigencia fiscal. 1.11 Preparar la documentación requerida para el trámite de empréstitos externos o internos que proyecte celebrar el Fondo Vial Nacional y el Fondo de Inmuebles Nacionales.
Decreto 1322 de 1983 →Vigente
Artículo 1
La División De Programación Presupuestal Tendrá Las Siguientes Funciones: 1
Decreto 1322 de 1983 · Por el cual se determinan las funciones de las divisiones y secciones pertenecientes a cada una de las oficinas, direcciones y subdirecciones del Ministerio de Obras Públicas y Transporte
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.