Funciones del Consejo Asesor de Política y Normatividad Minera. Créase el Consejo Asesor de Política y Normatividad Minera, adscrito al Despacho del Ministro de Minas y Energía, con las siguientes funciones:
Recomendar la adopción de medidas que permitan armonizar las regulaciones y decisiones mineras con las demás que expidan otras autoridades que tengan relación con el sector.
Rendir concepto sobre los proyectos de disposiciones que corresponda expedir a la autoridad minera, de conformidad con este Código.
Recomendar al Gobierno Nacional la política y los mecanismos de coordinación de las actividades de todas las entidades y organismos públicos y privados cuyas funciones afecten o puedan incidir en la industria minera.
Proponer los lineamientos generales que deban seguirse en relación con la asignación de recursos para la promoción de la minería y con los planes, programas y presupuestos respectivos.
Formular recomendaciones para garantizar el desarrollo sostenible en las labores de extracción, procesamiento y aprovechamiento de los recursos mineros.
Proponer las prioridades de acción del Ingeominas en relación con la exploración básica y la cartografía geológica del país.
Proponer ajustes a la organización interna de las entidades descentralizadas de carácter minero adscritas y vinculadas al Ministerio de Minas y Energía, así como sobre las delegaciones que se deban conceder a las entidades territoriales.
Designar comités técnicos intersectoriales en los que participen funcionarios de nivel técnico de las entidades que correspondan, para adelantar tareas de coordinación y seguimiento.
Cada vez que sea requerido el concepto del Consejo, este tendrá quince (15) días hábiles siguientes a la fecha de su citación, para emitir la respectiva respuesta.
Darse su propio reglamento.