° Las Bandas de Música asignadas a los Regimientos de Infantería y al de Ingenieros, tendrán la siguiente organización: Un Músico Mayor, Tres Músicos solistas, Cuatro Músicos de primera clase, Tres músicos de segunda clase; y Diez Músicos de tercera clase.
Decreto 312 de 1922 →Vigente
Artículo 1
Las Bandas De Música Asignadas A Los Regimientos De Infantería Y Al De Ingenieros, Tendrán La Siguiente Organización: Un Músico Mayor, Tres Músicos Solistas, Cuatro Músicos De Primera Clase, Tres Músicos De Segunda Clase; Y Diez Músicos De Tercera Clase
Decreto 312 de 1922 · Por el cual se determina la organización de las Bandas de Música del Ejército y se aumenta en un individuo la dotación de tropa del Regimiento Ingenieros Caldas
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.