°. Las comisiones al exterior solo podrán ser conferidas por los Organismos de la Administración Nacional con aprobación del Gobierno Nacional. Esta aprobación solo podrá otorgarse cuando los agentes diplomáticos y consulares de la República no puedan cumplir las funciones propias de la comisión. En estos términos queda adicionado el Decreto 3306 de 1963.
Decreto 3181 de 1968 →Vigente
Artículo 6
Las Comisiones Al Exterior Solo Podrán Ser Conferidas Por Los Organismos De La Administración Nacional Con Aprobación Del Gobierno Nacional
Decreto 3181 de 1968 · Por el cual se reglamenta el pago de horas extras en el sector público y se dictan otras disposiciones
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.