Artículo segundo. Con base en la tradición y costumbre de la celebración de la Independencia Absoluta de Cartagena de Indias, considérese como festivo para labores oficiales el día 11 de noviembre y las autoridades municipales de Cartagena reglamentarán anualmente los programas a realizarse, en esa ciudad.
Ley 31 de 1985 →Vigente
Artículo 2
Ley 31 de 1985 · por la cual la Nación se asocia a la celebración de la Independencia Absoluta de Cartagena de Indias, ocurrida en 11 de noviembre de 1811 y se dictan otras disposiciones.
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.