Micelio

Artículo 2

Para Los Efectos De Este Decreto, Se Entiende Por Vehículo Automotor Todo Aparato Provisto De Un Motor Propulsor, Destinado A Circular Por El Suelo Para El Transporte De Personas O De Bienes, Incluyendo Cualquier Elemento Montado Sobre Ruedas Que Le Sea Acoplado

Decreto 2544 de 1987 · por el cual se reglamentan los artículos 115 y 116 de la Ley 33 de 1986 (artículos 259 y 260 del Decreto-ley 1344 de 1970) y 3º de la Ley 16 de 1979.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

° Para los efectos de este Decreto, se entiende por vehículo automotor todo aparato provisto de un motor propulsor, destinado a circular por el suelo para el transporte de personas o de bienes, incluyendo cualquier elemento montado sobre ruedas que le sea acoplado. No quedan comprendidos dentro de esta definición

a)

Los vehículos que circulan sobre rieles;

b)

Los vehículos agrícolas e industriales, siempre y cuando no circulen por vías o lugares públicos por sus propios medios. OTORGAMIENTO OBLIGATORIO DEL SEGURO .

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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