Para Los Efectos De Este Decreto, Se Entiende Por Vehículo Automotor Todo Aparato Provisto De Un Motor Propulsor, Destinado A Circular Por El Suelo Para El Transporte De Personas O De Bienes, Incluyendo Cualquier Elemento Montado Sobre Ruedas Que Le Sea Acoplado
Decreto 2544 de 1987 · por el cual se reglamentan los artÃculos 115 y 116 de la Ley 33 de 1986 (artÃculos 259 y 260 del Decreto-ley 1344 de 1970) y 3º de la Ley 16 de 1979.
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
° Para los efectos de este Decreto, se entiende por vehículo automotor todo aparato provisto de un motor propulsor, destinado a circular por el suelo para el transporte de personas o de bienes, incluyendo cualquier elemento montado sobre ruedas que le sea acoplado. No quedan comprendidos dentro de esta definición
a)
Los vehículos que circulan sobre rieles;
b)
Los vehículos agrícolas e industriales, siempre y cuando no circulen por vías o lugares públicos por sus propios medios. OTORGAMIENTO OBLIGATORIO DEL SEGURO .
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.