º. El Banco de la República y la Federación Nacional de Cafeteros tomarán de común acuerdo las medidas para dar cumplimiento al presente Decreto.
Decreto 388 de 1957 →Vigente
Artículo 2
El Banco De La República Y La Federación Nacional De Cafeteros Tomarán De Común Acuerdo Las Medidas Para Dar Cumplimiento Al Presente Decreto
Decreto 388 de 1957 · Por la cual se da una autorización al Banco de la República y a la Federación Nacional de Cafeteros
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.