Micelio

Artículo 1

Suprímense Los Siguientes Cargos En La Dirección General De Aduanas: N° De Cargos Denominación Del Empleo Código Grado Direccion General De Aduanas Subdireccion Tecnica Division Legal Sección De Contravenciones Administrativas 2 Profesional Universitario 3020 06 1 Sección De Asuntos Administrativos 3020 06 N° De Cargos Denominación Del Empleo Código Grado Subdirecion De Investigacion Y Control Division De Investigaciones Especiales 1 Secretario Ejecutivo 5040 13 Sección De Estupefacientes 2 Agente Secreto 4120 06 Sección De Inteligencia Y Contrainteligencia 8 Agente Secreto 4120 07 Division De Inspeccion 6 Inspector 3025 06 Administracion De Aduana De Barranquilla Division Tecnica 1 Jefe De División 2040 03

Decreto 2381 de 1980 · Por el cual se hacen unas modificaciones a la planta de personal de la Dirección General de Aduanas del Ministerio de Hacienda y Crédito Público

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

° Suprímense los siguientes cargos en la Dirección General de Aduanas: N° de cargos Denominación del empleo Código Grado DIRECCION GENERAL DE ADUANAS SUBDIRECCION TECNICA DIVISION LEGAL Sección de Contravenciones Administrativas 2 Profesional Universitario 3020 06 1 Sección de asuntos administrativos 3020 06 N° de cargos Denominación del empleo Código Grado SUBDIRECION DE INVESTIGACION Y CONTROL DIVISION DE INVESTIGACIONES ESPECIALES 1 Secretario Ejecutivo 5040 13 Sección de Estupefacientes 2 Agente Secreto 4120 06 Sección de Inteligencia y Contrainteligencia 8 Agente Secreto 4120 07 DIVISION DE INSPECCION 6 Inspector 3025 06 ADMINISTRACION DE ADUANA DE BARRANQUILLA DIVISION TECNICA 1 Jefe de División 2040 03

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 2381 de 1980