° . Modificación del inciso 3° del artículo 2 ° del Decreto número 355 de 2014. El inciso 3° del artículo 2° del Decreto número 355 de 2014 quedará así: "Dicha cartera deberá haberse vencido entre el 1° de enero de 2011 y el 28 de febrero de 2014 y continuar vencida para el 28 de febrero de 2014 o haber sido normalizada entre el 1° de enero de 2011 y el 28 de febrero de 2014".
Decreto 1036 de 2014 →Vigente
Artículo 1
Decreto 1036 de 2014 · por el cual se modifica el Decreto número 355 de 2014 y se dictan otras disposiciones.
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.