Micelio

Artículo 60

La División De Información, Policía Judicial Y Estadística Judicial (Dipec) Tendrá Para Su Funcionamiento La Siguiente Organización: A) Jefatura De La División 1

Decreto 2347 de 1971 · Por el cual se reorganiza la Policía Nacional

01

El texto del artículo

✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

La División de Información, Policía Judicial y Estadística Judicial (DIPEC) tendrá para su funcionamiento la siguiente organización: a) Jefatura de la División

1.

Ayudantía

2.

Asesoría Jurídica b) Subjefatura Oficina de Administración c) Sección de Policía Judicial: 1. Grupo de Investigación 2. Grupo de Criminalística

3.

Grupo de Identificación. d) Sección de Información 1. Grupo de Inteligencia 2. Grupo de Contrainteligencia e) Sección de Estadística Criminal

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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