Programas específicos de producción. El Ministerio de Agricultura deberá establecer semestral o anualmente programas de producción y fomento agropecuario, de acuerdo con los cuales dispondrá
Las actividades agrícolas, pecuarias, forestales o pesqueras que puedan financiarse con cargo a los recursos del Fondo Financiero Agropecuario:
El área financiable y el monto de los créditos por unidad de producción, precisando la parte de los costos que deben correr por cuenta de los beneficiarios;
La asistencia técnica que debe prestarse en cada caso las condiciones y oportunidades del servicio.