Micelio

Artículo 16

Decreto 2645 de 1980 · Por el cual se reglamenta la ley 5º de 1973

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Programas específicos de producción. El Ministerio de Agricultura deberá establecer semestral o anualmente programas de producción y fomento agropecuario, de acuerdo con los cuales dispondrá

1.

Las actividades agrícolas, pecuarias, forestales o pesqueras que puedan financiarse con cargo a los recursos del Fondo Financiero Agropecuario:

2.

El área financiable y el monto de los créditos por unidad de producción, precisando la parte de los costos que deben correr por cuenta de los beneficiarios;

3.

La asistencia técnica que debe prestarse en cada caso las condiciones y oportunidades del servicio.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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