Micelio

Artículo 1

Establécense Las Siguientes Dotaciones De Personal Para Las Construcciones De Los Edificios Que Requiere El Mejoramiento Y La Ampliación De Los Servicios De Faros Y Boyas De Las Costas Nacionales: 1 Ingeniero Jefe, Con Asignación Mensual De $ 1

Decreto 2503 de 1953 · Por el cual se establecen dotaciones de personal para las obras de ampliación del Servicio de Faros y Boyas

01

El texto del artículo

✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

° Establécense las siguientes dotaciones de personal para las construcciones de los edificios que requiere el mejoramiento y la ampliación de los servicios de Faros y Boyas de las costas nacionales: 1 Ingeniero Jefe, con asignación mensual de $ 1.800.00. 1 Ingeniero Auxiliar, con asignación mensual de $ 1.300.00. 2 Contabilistas, con asignación de Auxiliar 1° de la Armada. 2 Escribientes, con asignación de Auxiliar 4° de la Armada.

Parágrafo

Las dotaciones de este personal estarán en vigencia únicamente por el tiempo necesario para la elaboración de los anteproyectos, proyectos definitivos, presupuestos y la dirección y administración de las obras que comprende el plan de construcciones.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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