Micelio

Artículo 29

Comisión Nacional De Becas

Decreto 276 de 2004 · por el cual se modifica la estructura del Instituto Colombiano de Crédito Educativo y Estudios Técnicos en el Exterior “Mariano Ospina Pérez”, Icetex, y se dictan otras disposiciones.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Comisión Nacional de Becas . La Comisión Nacional de Becas estará integrada por los siguientes funcionarios o quien haga sus veces

1.

El Director General del Instituto Colombiano de Crédito Educativo y Estudios Técnicos en el Exterior “Mariano Ospina Pérez”, Icetex o el Subdirector de Relaciones Internacionales del Instituto, quien la presidirá.

2.

El Director de Asuntos Culturales del Ministerio de Relaciones Exteriores.

3.

El Jefe de la Oficina de Relaciones Internacionales del Ministerio de Educación Nacional.

4.

El Director de la Agencia Colombiana de Cooperación Internacional -ACCI- del Departamento Administrativo de la Presidencia de la República.

5.

El Subdirector de Programas Estratégicos del Instituto Colombiano para el Desarrollo de la Ciencia y la Tecnología “Francisco José de Caldas” Colciencias. Podrán asistir a las reuniones de la Comisión, representantes de gobiernos extranjeros o entidades internacionales que ofrezcan becas a Colombia, cuando a juicio de la Comisión se requiera su presencia. El Jefe de la División de Becas del Instituto, actuará como secretario de la comisión. Para los asuntos relacionados con las comisiones de estudios en el exterior de funcionarios públicos del orden nacional, asistirá a la Comisión el Director del Departamento Administrativo de la Función Pública o su representante.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 276 de 2004