La falta leve dará origen a la aplicación de una de las siguientes sanciones
Amonestación escrita sin anotación en la hoja de vida.
Censura con anotación en la hoja de vida.
Multa que no exceda de la quinta parte del sueldo mensual que devengue el empleado en el momento de imponer la sanción. El concurso formal o material de faltas, la falta grave o la reincidencia en las faltas leves, dará origen a la aplicación de una de las siguientes sanciones: a) Suspensión en el ejercicio del cargo hasta por treinta (30) días sin derecho a remuneración. b) Destitución. Para efectos de la reincidencia en las faltas leves se tendrán en cuenta las cometidas por el empleado en los doce (12) meses inmediatamente anteriores a la comisión de la que se juzga.