Micelio

Artículo 42

Decreto 1347 de 1994 · por el cual se aprueban los Estatutos de la Empresa de Telecomunicaciones Valledupar Ltda. Teleupar

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Las disposiciones del presente capítulo regulan los procedimientos de contratación, cuantías y cláusulas excepcionales de los contratos, cualquiera sea su clase o naturaleza, necesarios para la adquisición y suministro de equipos, construcción, instalación y mantenimiento de redes y de los sitios donde se ubiquen. Para los efectos de este artículo, se entiende por red de telecomunicaciones la definida en el artículo 14 del Decreto-ley 1900 de 1990, y las normas que lo complementen, adicionen o modifiquen. En consecuencia, dichos contratos comprenderán la adquisición, suministro y mantenimiento de los equipos principales, tales como los referentes a la transmisión, conmutación y control, red externa aérea o subterránea, incluyendo los cables y demás implementos físicos, los soportes lógicos y su uso, los equipos y elementos complementarios necesarios para el funcionamiento de los equipos principales, en cualquier modalidad de entrega. La construcción que incluye todas las obras civiles necesarias para la canalización de redes, su instalación y red de abonado, el mantenimiento de todo lo anterior en sus fases preventiva y correctiva, y la construcción de los sitios donde se ubiquen las redes y los equipos, e igualmente su mantenimiento, así como cualesquier otro contrato necesario para dicha construcción tales como interventoría, diseño, estudio y elaboración de planos.

Parágrafo

En los aspectos no previstos en este Capítulo, el régimen de los contratos a que alude el artículo 38 de la Ley 80 de 1993, será en general previsto por esta Ley para los contratos de las Entidades Estatales.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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