Artículo segundo. Hácese la siguiente distribución de dicha raciona los enfermos de lepra hospitalizados en los lazaretos
A los enfermos hospitalizados adultos, $ 0.95 para gastos de alimentación, y los $ 0.35 restantes les serán entregados mensualmente para sus gastos personales.
A los enfermos hospitalizados, menores de 18 años, $0.95 para gastos de alimentación; $0.15 para gastos de ropa y otros elementos de uso personal; $ 0.10 para gastos personales, que les serán entregados mensualmente; y los $0.10 restantes ingresarán a la Caja de Auxilios respectiva.