Micelio

Artículo 3

- Quienes Fueron Designados Para El Cargo De Magistrado Del Partir De La Fecha En Que Oficialmente Se Les Comunique El Nombramiento, Para Manifestar Su Aceptación Ante El Funcionario O Corporación Que Los Designo, Y De Veinte (20) Para Presentar Los Documentos Con Que Acrediten El Cumplimiento De Los Requisitos Constitucionales Y Legales Conducentes A La Confirmación Del Respectivo Nombramiento

Decreto 3266 de 1979 · Consejo Superior de la Adjudicatura

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El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

ARTICULO 3º. - Quienes fueron designados para el cargo de magistrado del partir de la fecha en que oficialmente se les comunique el nombramiento, para manifestar su aceptación ante el funcionario o Corporación que los designo, y de veinte (20) para presentar los documentos con que acrediten el cumplimiento de los requisitos constitucionales y legales conducentes a la confirmación del respectivo nombramiento.

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Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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