Oficina de Responsabilidad Civil. Son funciones de la Oficina de Responsabilidad Civil, las siguientes:
1. Contribuir en el diseño y formulación de las políticas y procedimientos para la suscripción de negocios de los ramos de su responsabilidad, para su aprobación por la Gerencia de Seguros Generales y Ramos Técnicos.
2. Velar por el cumplimiento de las políticas, normas y procedimientos emitidos por la compañía, los organismos de control y demás autoridades, respecto a los ramos de seguros que administra.
3. Responder por la administración de los ramos y productos de seguros a su cargo.
4. Autorizar negocios que dentro de las políticas y contratos de reaseguros estén excluidos de acuerdo con los niveles de delegación y autoridad fijados por la Vicepresidencia Técnica.
5. Apoyar a las Sucursales y canales de distribución establecidos por la compañía, en procesos de asesoría a clientes; licitatorios; y cotizaciones.
6. Proponer y participar en la creación de nuevos productos y mejorar los existentes.
7. Apoyar a la Gerencia de Seguros Generales y Ramos Técnicos, Vicepresidencia Jurídica y Gerencia de Indemnizaciones en el análisis para emitir conceptos técnicos sobre las reclamaciones de siniestros del ramo correspondiente.
8. Participar en el proceso de proyección de las metas de producción de los ramos de su responsabilidad.
9. Participar en el proceso de colocación y aceptación de reaseguros automáticos concernientes a los ramos de seguros que administra de acuerdo con los niveles de delegación y autoridad fijados por la compañía.
10. Ejecutar bajo la dirección de la Gerencia los procesos de cotización y colocación de reaseguro facultativo de los negocios pertenecientes a la Gerencia de acuerdo con los niveles de delegación y autoridad fijados por la compañía.
11. Apoyar las estrategias de comercialización y mercadeo de cada ramo en conjunto con el área Comercial.
12. Dirigir los procesos contables originados en las operaciones del área.
13. Establecer y manejar las relaciones con reaseguradores y corredores de reaseguros en los temas relacionados con riesgos con componente facultativo.
14. Apoyar la atención de los requerimientos de carácter técnico de la Superintendencia Financiera y demás Organismos de Control, en lo de su competencia.
15. Las demás funciones que le sean asignadas inherentes a la naturaleza de la dependencia