El Instituto podrá fomentar la formación de cooperativas de producción, transportes, consumo, etc., entre los colonos y prestará ayuda técnica, financiera o de cualquier otra clase para su organización y actividades, en los términos del inciso final del artículo 8º. del Decreto que se reglamenta.
Decreto 2436 de 1953 →Vigente
Artículo 27
El Instituto Podrá Fomentar La Formación De Cooperativas De Producción, Transportes, Consumo, Etc
Decreto 2436 de 1953 · Por el cual se reglamenta el Decreto - ley 1894, de 18 de julio de 1953, que crea el Instituto de Colonización e Inmigración
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.