Ley 650 de 2001 · código de Etica Profesional de Optometría.
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
Recibido el proceso por el Tribunal Nacional será repartido y el ponente dispondrá de quince (15) días hábiles contados a partir de la fecha en que entre a su Despacho para presentar el proyecto y la Sala de otros quince (15) días para proferir la decisión de fondo.
Parágrafo
Si el ponente o la Sala considerare necesaria la práctica de pruebas para aclarar puntos oscuros o dudosos, las decretará de oficio y fijará para su práctica un término no superior a treinta (30) días.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.