Artículo único. Apruébase el preinserto contrato con las siguientes modificaciones:
La estipulación 2.ª así:
2.ª Este crédito de doce mil pesos será amortizado en la forma siguiente: ocho mil pesos en las referidas órdenes que le serán admitidas á Krohne en pago hasta concurrencia de igual cantidad de los derechos de importación que el mismo Krohne adeuda hasta el 28 de Febrero del presente año, causados por sí mismo; y los cuatro mil pesos restantes se le admitirán en pago de derechos de importación que por sí mismo cause á deber hasta concurrencia de igual cantidad, desde el mes de Marzo inclusive del corriente año en adelante, también por derechos de importación.
La estipulación 4.ª negada.