Micelio

Artículo 3

Ley 90 de 1920 · Por la cual se adicionan y reforman las disposiciones vigentes relativas al recurso de casación

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

La parte que quiera hacer uso del derecho de interponer el recurso de casación dirigirá un escrito al Tribunal, en el que expresara que lo interpone.

La interposición del recurso puede hacerse desde que se pronuncie la sentencia hasta el vencimiento del término de quince días, contados desde la notificación de aquella.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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