Autorizase al Gobierno para organizar como dependencia de uno de los Ministerios la Sección de Provisiones encargada de la adquisición de los elementos necesarios para el funcionamiento de las demás dependencias del Gobierno Nacional, pudiendo prescindir de los requisitos exigidos por el Código Fiscal y con la sola aprobación del Contralor General de la República.
Ley 31 de 1931 →Vigente
Artículo 1
Ley 31 de 1931 · Por la cual se confiere al Gobierno una autorización relativa al Departamento de Provisiones
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.