Divisiones de las Subdirecciones de Infraestructura y Desarrollo Económico, de Administración General del Estado, y de Desarrollo Social . Son funciones de las Divisiones de Comunicaciones y Transporte, de Desarrollo Económico y de Minas y Energía de la Subdirección de Infraestructura y Desarrollo Económico; de las Divisiones de Administración General, de Defensa y Seguridad, y de Hacienda y Planificación de la Subdirección de Administración General del Estado; y las Divisiones de la Protección Social, del Interior y la Justicia y de Educación de la Subdirección de Desarrollo Social de la Dirección General del Presupuesto Público Nacional, en los sectores que les determine cada uno de los Subdirectores de la Dirección General del Presupuesto Público Nacional, las siguientes
Programar y efectuar el seguimiento del Presupuesto General de la Nación, el de las Empresas Industriales y Comerciales del Estado y el de las entidades privadas que administren fondos públicos del orden nacional en los sectores asignados a sus respectivas Subdirecciones.
Evaluar y programar el Presupuesto de Rentas y Recursos de Capital y de Gastos del Presupuesto General de la Nación y las modificaciones cuando a ello haya lugar.
Preparar el decreto de liquidación del Presupuesto General de la Nación.
Evaluar y preparar los traslados y demás modificaciones presupuestales que afecten la Ley Anual del Presupuesto General de la Nación.
Evaluar y preparar los proyectos de decreto de aplazamiento, reducción, fusión de órganos y estados de excepción.
Emitir concepto previo sobre las modificaciones y distribuciones del Presupuesto General de la Nación.
Preparar y revisar los documentos salariales de los órganos asignados por el respectivo Subdirector.
Estudiar y evaluar las solicitudes de plantas de personal para el otorgamiento de concepto de viabilidad presupuestal.
Mantener actualizado el costo de las plantas de personal de los organismos y entidades y dar concepto sobre el impacto presupuestal en los servicios personales, las transferencias, los gastos generales y los gastos de inversión que puedan producir las mismas.
Evaluar los estudios relacionados con las solicitudes de autorización de gastos que requieran la celebración de contratos que comprometan más de una vigencia fiscal.
Elaborar los estudios sectoriales en términos económicos y financieros.
Evaluar y preparar la aprobación de solicitudes de modificaciones presupuestales.
Estudiar y evaluar las solicitudes para aprobación de aumento de la meta global de pagos.
Evaluar las reservas presupuestales y las cuentas por pagar.
Establecer el resultado fiscal de los Establecimientos Públicos Nacionales y las utilidades de las Empresas Industriales y Comerciales del Estado y elaborar conjuntamente con la Subdirección de Análisis y Consolidación Presupuestal un informe que refleje la situación de las mismas al cierre de cada vigencia fiscal.
Evaluar y preparar el presupuesto de Empresas Industriales y Comerciales del Estado y Sociedades de Economía Mixta no financieras y sus modificaciones cuando a ello haya lugar.
Hacer el seguimiento a la ejecución de ingresos y gastos del Presupuesto General de la Nación, de las Empresas Industriales y Comerciales del Estado y de los Establecimiento Públicos Nacionales.
Realizar los estudios y evaluaciones correspondientes, para determinar los excedentes financieros de los Establecimientos Públicos Nacionales y de las Empresas Industriales y Comerciales del Estado.
Conceptuar desde el punto de vista presupuestal sobre el impacto de los proyectos de ley o de decreto que afecten el presupuesto de los sectores a su cargo. 20.Asesorar a los organismos y entidades del orden nacional y territorial en el proceso presupuestal y financiero. 21. Preparar los proyectos de resolución relacionados con las aclaraciones y correcciones de errores de ubicación, aritméticos o de leyenda en que se haya incurrido en la elaboración de la Ley Anual del Presupuesto General de la Nación y sus modificaciones. 22. Presentar a consideración del Director General del Presupuesto Público Nacional, para posterior remisión a la Procuraduría Delegada para Asuntos Presupuestales o a la Contraloría General de la República según sea el caso, los informes sobre presuntas infracciones a las disposiciones legales y a las normas del Estatuto Orgánico del Presupuesto General de la Nación. 23. Preparar y elaborar los estudios sectoriales o institucionales requeridos por el Ministro, Viceministros, Director o entidades de control. 24. Estudiar y preparar autorizaciones para adquisición de vehículos según lo disponen las normas de austeridad en el gasto. 25. Efectuar la evaluación de los pasivos objeto de cruce de cuentas. 26. Las demás que se les asignen y que correspondan a la naturaleza de las dependencias.