º. Los Oficiales del Ejército y empleados del Ramo de Guerra, que por solicitud propia, escrita o verbal, sean trasladados de un lugar a otro, no tendrán derecho a los pasajes y auxilios de marcha. El Departamento de Personal queda obligado a dar la información oportuna al Departamento de Presupuesto, Contabilidad y Ordenación, cuando el traslado de un oficial o empleado haya sido verificado a solicitud propia.
Decreto 1360 de 1937 →Vigente
Artículo 8
Los Oficiales Del Ejército Y Empleados Del Ramo De Guerra, Que Por Solicitud Propia, Escrita O Verbal, Sean Trasladados De Un Lugar A Otro, No Tendrán Derecho A Los Pasajes Y Auxilios De Marcha
Decreto 1360 de 1937 · Por el cual se reglamentan los auxilios de marcha y expedición de pasaportes en el ramo de Guerra
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.