Micelio

Artículo 8

Los Oficiales Del Ejército Y Empleados Del Ramo De Guerra, Que Por Solicitud Propia, Escrita O Verbal, Sean Trasladados De Un Lugar A Otro, No Tendrán Derecho A Los Pasajes Y Auxilios De Marcha

Decreto 1360 de 1937 · Por el cual se reglamentan los auxilios de marcha y expedición de pasaportes en el ramo de Guerra

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

º. Los Oficiales del Ejército y empleados del Ramo de Guerra, que por solicitud propia, escrita o verbal, sean trasladados de un lugar a otro, no tendrán derecho a los pasajes y auxilios de marcha. El Departamento de Personal queda obligado a dar la información oportuna al Departamento de Presupuesto, Contabilidad y Ordenación, cuando el traslado de un oficial o empleado haya sido verificado a solicitud propia.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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