Apertura de la investigación. Dentro del término a que se refiere el artículo anterior, el Incomex resolverá, mediante Resolución motivada que se publicará en la Gaceta del Ministerio de Comercio Exterior, si abre o no la investigación, y, en el primer caso, convocará a quienes estén interesados en el asunto, para que expresen su opinión, debidamente sustentada, y aporten las pruebas y documentos que estimen pertinentes, determinando para el efecto un plazo de veinte (20) días, contados a partir de la convocatoria. El Incomex remitirá copia de la Resolución de que trata este artículo a los miembros del Comité de Asuntos Aduaneros Arancelarios y de Comercio Exterior. Dentro de la etapa investigativa, el Incomex podrá allegar oficiosamente o requerir de los interesados las pruebas que considere necesarias para determinar la procedencia de la medida objeto de estudio.
Decreto 809 de 1994 →Vigente
Artículo 10
Apertura De La Investigación
Decreto 809 de 1994 · Por el cual se distan disposiciones relacionadas con la Aplicación de medidas de salvaguardia
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.