Micelio

Artículo 3

Los Demás Servicios Del Ministerio De Minas Y Petróleos Seguirán Atendiéndose Con Imputación Al Capítulo 46, Artículos 592, 593 Y 594, Y A Todos Los Otros Artículos Comprendidos En Los Capítulos 51, 51 Bis Y 52, Destinados Para Los Gastos Previstos En Los Mismos Capitulo Y Artículos

Decreto 1408 de 1940 · Por el cual se fijan los capítulos y artículos del Presupuesto a los cuales debe imputarse el pago del personal del Ministerio de Minas y Petróleos, de acuerdo con la organización establecida en el Decreto número 1302 de 1940

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

º. Los demás servicios del Ministerio de Minas y Petróleos seguirán atendiéndose con imputación al capítulo 46, artículos 592, 593 y 594, y a todos los otros artículos comprendidos en los capítulos 51, 51 bis y 52, destinados para los gastos previstos en los mismos capitulo y artículos.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 1408 de 1940