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Artículo 24

De La Publicación Y Difusión De La Convocatoria Para Garantizar Que Todas Las Personas Inscritas En El Respectivo Registró Se Enteren De La Citación, La Convocatoria Deberá Fijarse Obligatoriamente En Las Carteleras Que Se Destinen Para Este Fin Y Divulgarse Por Los Medios De Comunicación Que Se Consideren Más Idóneos

Decreto 413 de 1980 · Por la cual se reglamenta la carrera del Funcionario de Seguridad social del Instituto de Seguros Sociales y se dictan otras disposiciones

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

ARTICULO 24. De la publicación y Difusión de la Convocatoria Para garantizar que todas las personas inscritas en el respectivo registró se enteren de la citación, la convocatoria deberá fijarse obligatoriamente en las carteleras que se destinen para este fin y divulgarse por los medios de comunicación que se consideren más idóneos. La convocatoria deberá contener la siguiente información

1.

Denominación, clase y grado del empleo o grupo de empleos y requisitos para su desempeño.

2.

Lista de las personas inscritas para el empleo y su documento de identificación

3.

Plazo para recibir los documentos en los cuales los aspirantes acrediten el cumplimiento de los requisitos, los estudios y experiencias adicionales que pasean;

4.

Sitio de recepción de documentos

5.

Bases del concurso; clase y carácter de los instrumentos de evaluación, puntajes mínimos aprobatorios y valor relativo de cada factor dentro del concurso;

6.

Lugar , fecha y hora del concurso;

7.

Firma y sello de la autoridad competente.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 413 de 1980