Micelio

Artículo 17

Decreto 1151 de 2000 · por el cual se modifica la estructura del Departamento Administrativo Nacional de Estadística, Dane.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Artícu lo 17 . Dirección de Información Geoestadística . Son funciones generales de la Dirección de Información Geoestadística del Departamento las siguientes

1.

Garantizar la integración eficiente de la información estadística y del marco geoestadístico nacional en torno al Sistema Nacional de Información Estadística.

2.

Garantizar la actualización y disponibilidad del marco geoestadístico nacional conforme a los requerimientos del Sistema Nacional de Información Estadística, a partir de la cartografía básica que elabore el Instituto Geográfico Agustín Codazzi, o de la que suministren otras entidades cuando éste no la hubiere producido.

3.

Garantizar el cumplimiento de los aspectos técnicos, de los procesos de funcionamiento, difusión, utilización, aprovechamiento, procesamiento y mantenimiento del Sistema de Información Geoestadística.

4.

Promover el uso y aprovechamiento del Sistema de Información Geoestadística en el ámbito sectorial y territorial.

5.

Capacitar y dar soporte a los usuarios del Sistema de Información Geoestadística.

6.

Liderar proyectos que requieran del manejo, administración e integración de información espacial y estadística.

7.

Participar en el diseño y montaje de las bases de datos espaciales y estadísticas.

8.

Generar estándares para el manejo de la información que integrará el Sistema de Información Geoestadística, para facilitar la búsqueda, el intercambio, la interpretación y la integración de los datos.

9.

Las que reciba por delegación, aquellas inherentes a las funciones que desarrolle y las demás que le asigne el Subdirector o el Director del Departamento.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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