Articulo segundo. Para todos los efectos legales y extralegales, los empleos de Director General de Establecimiento Público y Subdirector General de Establecimiento Público de que trata, el artículo 1º del Acuerdo número 665 de 1983, de la Junta Directiva del Instituto de Crédito Territorial, tendrá la denominación de "Gerente General" y "Subgerente", respectivamente, conforme al ordenamiento legal dado para estos cargos por los Decretos extraordinarias número 1050 y 3130 de 1968 y conforme a lo establecido en los estatutos del Instituto de Crédito Territorial, aprobados por el Decreto número 1601 de junio 30 de 1980.
Artículo 1
Del Acuerdo Número 665 De 1983, De La Junta Directiva Del Instituto De Crédito Territorial, Tendrá La Denominación De "gerente General" Y "subgerente", Respectivamente, Conforme Al Ordenamiento Legal Dado Para Estos Cargos Por Los Decretos Extraordinarias Número 1050 Y 3130 De 1968 Y Conforme A Lo Establecido En Los Estatutos Del Instituto De Crédito Territorial, Aprobados Por El Decreto Número 1601 De Junio 30 De 1980
Decreto 3642 de 1983 · Por el cual se aprueba el Acuerdo número 065 de septiembre 30 de 1983, que fija la planta de personal del Instituto de Crédito Territorial
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.