Verificación del cumplimiento de las condiciones para el pago de la Compensación Económica Temporal. Para el pago de la Compensación Económica Temporal, las Entidades Promotoras de Salud deben: 10.1. Verificar que el beneficiario de la compensación y su grupo familiar se hayacomprometido a cumplir con la medida de aislamiento obligatorio. 10.2. Entregar la información que sea requerida por la Administradora de los Recursos del Sistema General de Seguridad Social en Salud (ADRES) para el pago de la Compensación. 10.3. Autorizar a la Administradora de los Recursos del Sistema General de Seguridad Social en Salud (ADRES) el giro directo de la Compensación Económica Tem- poral a los beneficiarios, en los términos y condiciones que defina dicha entidad; La Administradora de los Recursos del Sistema General de Seguridad Social en Salud (ADRES) validará la información reportada por la Entidad Promotora de Salud (EPS) y verificará que el beneficiario se encuentre vivo, que esté afiliado al Régimen Subsidiado y que la Compensación Económica Temporal no se haya pagado al mismo afiliado o a algún miembro de su grupo familiar, todo lo cual, tomando como base los sistemas de información oficiales disponibles.
Si el afiliado diagnosticado con COVID-19 fallece en el periodo de aislamiento, la Entidad Promotora de Salud informará dicha situación a la ADRES para que esta proceda con el reconocimiento de la Compensación Económica Temporal al núcleo familiar si es que no se le reconoció con anterioridad.