° Las órdenes de pago o cheques que se presenten a la conversion de libranzas sin interes, se convertirán, en el caso de concurrencia, en el órden de preferencia que, para hacer los gastos públicos, determina el artículo 1394 del Código fiscal.
Decreto 578 de 1877 →Vigente
Artículo 6
Las Órdenes De Pago O Cheques Que Se Presenten A La Conversion De Libranzas Sin Interes, Se Convertirán, En El Caso De Concurrencia, En El Órden De Preferencia Que, Para Hacer Los Gastos Públicos, Determina El Artículo 1394 Del Código Fiscal
Decreto 578 de 1877 · Por el cual se determina en qué documentos deben cubrirse ciertos créditos
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.