Seguimiento del CONFIS. Las operaciones de crédito público de manejo y asunción de deuda y prefinanciamiento, requerirán del pronunciamiento por parte del CONFIS, con el fin de establecer que el gasto en intereses, comisiones y gastos de deuda que estas generan, se encuentra ajustado al Marco Fiscal de Mediano Plazo.
(Art. 24 del Decreto 4730 de 2005)