Micelio

Artículo 8

Prima Técnica

Decreto 608 de 2025 · por el cual se dictan disposiciones en materia salarial para la Unidad Administrativa Especial Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales (DIAN).

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

°. Prima técnica. Los funcionarios de la Unidad Administrativa Especial Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales (DIAN) vinculados mediante nombramiento ordinario en los cargos de Director General, Directores código 509 grado 06, Director Operativo de Grandes Contribuyentes, Directores Seccionales III, II y I, Directores Seccionales Delegados, Jefes de Oficina, Subdirectores II y I, Defensor del Contribuyente y del Usuario Aduanero, de conformidad con el artículo 5° del Decreto Ley 071 de 2020, tendrán derecho a percibir en los mismos términos y condiciones la prima técnica de que trata el Decreto número 1624 de 1991. Los demás funcionarios de la Unidad Administrativa Especial Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales (DIAN), podrán percibir la prima técnica en los términos y condiciones señaladas en el artículo 2° del Decreto número 1268 de 1999.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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