° Todas las edificaciones' de fuera de Bogotá que se adelantan por cuenta de la Nación, quedan igualmente suspendidas desde la fecha de este Decreto; pero aquellas que aún tengan algún saldo en su poder, pueden continuarse hasta que se agote ese saldo.
Decreto 85 de 1922 →Vigente
Artículo 4
Todas Las Edificaciones' De Fuera De Bogotá Que Se Adelantan Por Cuenta De La Nación, Quedan Igualmente Suspendidas Desde La Fecha De Este Decreto; Pero Aquellas Que Aún Tengan Algún Saldo En Su Poder, Pueden Continuarse Hasta Que Se Agote Ese Saldo
Decreto 85 de 1922 · Por el cual se dictan varias medidas sobre edificaciones nacionales, ferrocarriles, carreteras y caminos y se hacen unos nombramientos
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.