Micelio

Artículo 11

Decreto 930 de 1992 · por el cual se reglamenta el establecimiento de redes privadas de telecomunicaciones y la utilización del espectro radioeléctrico destinado a estos efectos.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Las demás características de las redes privadas de telecomunicaciones podrán ser modificadas libremente por el titular de la licencia con la sola notificación al Ministerio de Comunicaciones y sin necesidad de autorización del Ministerio de Comunicaciones ni modificación del acto administrativo por el cual se confirió la licencia.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 930 de 1992