Micelio

Artículo 12

Seguimiento Y Evaluación

Ley 2331 de 2023 · por medio de la cual se adoptan incentivos para el apoyo a iniciativas locales y se dictan otras disposiciones.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

El Departamento Nacional de Planeación deberá establecer mecanismos para el seguimiento a la implementación del Plan Nacional de Apoyo a Iniciativas Locales. Así mismo, en cinco (5) años contados a partir de que se empiece a implementar el plan se deberá realizar una evaluación de impacto de este del cual surjan las recomendaciones para su mejora.

Parágrafo 1

Para el seguimiento y evaluación a que hace referencia el presente artículo se utilizará la información recopilada por el Dane según el artículo 7° de la presente ley.

Parágrafo 2

El Gobierno nacional, en cabeza del Ministerio de Comercio, Industria y Turismo; el Ministerio de Agricultura y Desarrollo Rural y el Ministerio de Ciencia, Tecnología e Innovación, presentará un informe al Congreso de la República sobre el avance del diseño y la implementación del Plan Nacional de Apoyo a Iniciativas Locales en los primeros diez (10) días del comienzo de cada legislatura.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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