Micelio

Artículo 7

Decreto 889 de 1996 · por el cual se reglamentan las elecciones de Juntas Directivas de las Cámaras de Comercio y se dictan otras disposiciones.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

° . Modificaciones a las listas . Antes del vencimiento del plazo previsto en el artículo 6º. de este decreto, podrán efectuarse modificaciones a las listas de candidatos, para lo cual se requerirá la mayoría absoluta de quienes aparezcan en la lista, circunstancia que deberá acreditarse ante la alcaldía.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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