Micelio

Artículo 4

Son Atribuciones Especiales Del Consejero Presidencial Para La Moralidad Administrativa, Respecto De Los Funcionarios Anotados: 1ª Velar Porque Su Conducta, En Ejercicio De Sus Cargos, No Contraríe Ni La Moral Ni Las Buenas Costumbres Que Deben Imperar En La Función Pública

Decreto 2791 de 1979 · Por el cual se asignan funciones sobre moralidad administrativa a un Consejero Presidencial

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

° Son atribuciones especiales del Consejero Presidencial para la Moralidad Administrativa, respecto de los funcionarios anotados: 1ª Velar porque su conducta, en ejercicio de sus cargos, no contraríe ni la moral ni las buenas costumbres que deben imperar en la función pública. 2ª Velar porque sean cumplidas las prohibiciones e incompatibilidades que le sean aplicables, y 3ª Atender a todas las personas interesadas en formular quejas relacionadas con la moralidad administrativa.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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