Articulo 5º . El Fondo Nacional de Proyectos de Desarrollo (FONADE), estará financiado así
Por los aportes que le haga el Gobierno Nacional provenientes de empréstitos que se obtengan con dicho fin, y la contrapartida local correspondiente;
Por recursos provenientes del Presupuesto Nacional o de fondos de contrapartida de empréstitos externos;
Por los reembolsos e intereses provenientes de las operaciones propias del Fondo Nacional de Proyectos de Desarrollo (FONADE), y
Por cualesquiera otra clase de aportes que se le hagan.