° Una vez producido el decreto de autorización para gestionar empréstitos, el Ministerio de Defensa Nacional deberá efectuar las adjudicaciones respectivas dentro de los sesenta (60) días siguientes a la fecha de su expedición. El Ministerio de Hacienda y Crédito Público –Dirección General de Crédito Público–, deberá acordar los términos específicos de financiación dentro de los treinta (30) días siguientes a la entrega de la documentación establecida en el Decreto-ley 222 de 1983, por parte del Ministerio de Defensa Nacional. El funcionario que incumpla los términos previstos en el presente artículo incurrirá en responsabilidad disciplinaria, sancionable con destitución o pérdida del cargo o empleo, según el caso, conforme a lo previsto en el Decreto-ley 1176 de 1979 y la Ley 13 de 1984 y demás normas que los adicionen o reformen.
Decreto 1314 de 1988 →Vigente
Artículo 3
Una Vez Producido El Decreto De Autorización Para Gestionar Empréstitos, El Ministerio De Defensa Nacional Deberá Efectuar Las Adjudicaciones Respectivas Dentro De Los Sesenta (60) Días Siguientes A La Fecha De Su Expedición
Decreto 1314 de 1988 · por el cual se dictan normas tendientes a facilitar el aprovisionamiento de las Fuerzas Militares y la Policía Nacional.
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.