º . Funciones de la Consejería Presidencial para la Equidad de la Mujer. Corresponde a la Consejería Presidencial para la Equidad de la Mujer, además de las establecidas en el Decreto 1182 de 1999, desarrollar las siguientes funciones
Dirigir, orientar y coordinar el cumplimiento de las competencias y funciones de la Consejería, a través del personal a cargo, conforme a las orientaciones generales trazadas por el Presidente de la República y la Comisión Asesora para la Equidad y Participación de la Mujer.
Proponer y preparar, en coordinación con la Oficina de Planeación del Departamento Administrativo de la Presidencia de la República, los documentos de políticas, programas y estrategias que deben ser considerados y aprobados por el Conpes.
Coordinar el diseño, ejecución y evaluación de los planes, programas y proyectos que se adopten.
Adelantar las gestiones indispensables para la incorporación de los planes, programas y proyectos a los de carácter sectorial y a los de las entidades territoriales.
Estudiar las necesidades institucionales y normativas requeridas para el mejor cumplimiento del objeto y funciones de la Consejería y preparar y proponer la adopción de las medidas que sean indispensables para el efecto.
Preparar los actos administrativos que deban ser expedidos por el Presidente de la República, o por otras autoridades u organismos nacionales o de las entidades territoriales, para garantizar la adopción y ejecución de las políticas, planes, programas y proyectos formulados por la Consejería.
Poner en consideración del Director del Departamento Administrativo de la Presidencia de la República los contratos y convenios requeridos para el cumplimiento de las funciones de la Consejería.
Convocar a la Comisión Asesora para la Equidad de la Mujer a sesiones ordinarias y extraordinarias de acuerdo con su reglamento interno y desarrollar las labores de Secretaría Administrativa y Técnica de la misma.
Coordinar y supervisar las labores del personal asignado.
Impulsar el movimiento social de mujeres y promover y apoyar sus organizaciones, así como su participación activa en las acciones estatales.
Promover y establecer relaciones con organismos de carácter internacional y con entidades de cooperación técnica internacional cuyo objeto sea la participación equitativa de la mujer y la introducción de la perspectiva de género en la acción estatal.
Contribuir al cabal cumplimiento de la legislación interna y de los tratados y convenciones internacionales que se relacionen con la equidad de la mujer y la perspectiva de género.
Desarrollar actividades tendientes a garantizar el cambio cultural que requiere el cumplimiento del objeto de la Consejería, a través de programas de capacitación, investigación, comunicación y difusión.
Las demás que le sean asignadas y las que sean afines con la naturaleza de la dependencia.