Para suplir las insuficiencias ocasionales del parque automotor, la empresa podrá celebrar contratos que permitan la utilización de los vehículos de otra u otras empresas, pero el servicio se prestará bajo la responsabilidad y control de la empresa solicitante.
Decreto 1393 de 1970 →Vigente
Artículo 13
Para Suplir Las Insuficiencias Ocasionales Del Parque Automotor, La Empresa Podrá Celebrar Contratos Que Permitan La Utilización De Los Vehículos De Otra U Otras Empresas, Pero El Servicio Se Prestará Bajo La Responsabilidad Y Control De La Empresa Solicitante
Decreto 1393 de 1970 · Por el cual se expide el Estatuto Nacional del Transporte Terrestre Automotor
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.