°. Gastos de movilización. Los miembros de los Consejos tendrán derecho a que se les reconozca el valor de los gastos de viaje en que incurrieron en cumplimiento de sus funciones. Lo anterior con cargo al presupuesto del Departamento Administrativo de la Ciencia, la Tecnología y la Innovación - Colciencias, y de conformidad con las disposiciones legales vigentes sobre viáticos de miembros de juntas directivas o consejos de establecimientos públicos.
Decreto 2610 de 2010 →Vigente
Artículo 8
Gastos De Movilización
Decreto 2610 de 2010 · Por el cual se reglamentan los Consejos de los Programas Nacionales, a los que se refiere el artículo 7° de la Ley 1286 de 2009 sobre Ciencia, Tecnología e Innovación
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.