Micelio

Artículo 6

Ley 35 de 1947 · Por la cual Nación se asocia a la celebración del segundo centenario de la fundación de San Agustín en el departamento del Huila

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Facultase al Gobierno Nacional para creación de una Oficina de Información y Propaganda de Turismo en el Municipio de San Agustín, dependiente del Departamento Nacional de Turismo del Ministerio de la Economía Nacional; y para abrir los créditos presupuestales correspondientes, si en los Presupuestos Nacionales respectivos no se incluyen las partidas para la ejecución de las obras de que trata la presente Ley.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Ley 35 de 1947